Absolución por el beneficio de la duda

El Tribunal de Juicio de San Salvador de Jujuy resolvió por unanimidad absolver al imputado W.D.L., en orden al delito de abuso sexual con acceso carnal, previsto en el artículo 119, tercer párrafo, del Código Penal, al considerar que la prueba producida durante el debate no alcanzaba el grado de certeza necesario para sustentar un pronunciamiento condenatorio.

La Dra. Natalia Soledad López, en ejercicio de la defensa técnica del imputado, desarrolló su estrategia defensiva sobre el control de la prueba producida en juicio y la ausencia de elementos suficientes para tener por acreditado, con el grado de certeza exigible, el acceso carnal atribuido.

En particular, mediante el contrainterrogatorio de la denunciante, la Defensa procuró delimitar el alcance de su percepción respecto del hecho investigado. Asimismo, cuestionó el valor convictivo que podía asignarse al material genético incorporado mediante acuerdo probatorio, señalando que la presencia de material seminal compatible con el imputado no permitía, por sí misma, acreditar la existencia del acceso carnal ni las circunstancias en que dicho material habría sido depositado.

La Defensa también puso de manifiesto la insuficiencia de elementos de corroboración objetiva respecto de extremos relevantes de la hipótesis acusatoria, sosteniendo que la prueba reunida no permitía superar el estándar de duda razonable exigible para una sentencia condenatoria.

Al efectuar la valoración integral del plexo probatorio, el Tribunal concluyó que no se había alcanzado el grado de certeza requerido respecto de la existencia del hecho y la responsabilidad penal del imputado, subsistiendo un estado de duda que determinó la aplicación del principio in dubio pro reo y, en consecuencia, su absolución.

La resolución constituye un antecedente de relevancia en materia de estándar probatorio, principio de inocencia y ejercicio efectivo del derecho de defensa, destacando la importancia de la actuación de la Defensa Técnica en el control de la prueba y en la construcción de una teoría del caso orientada a garantizar las reglas del debido proceso.

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